El perjuicio generado por la CGT a las empresas

Cada vez que se discute en Argentina acerca de la posibilidad de crear fondos de cese laboral, como ocurre en el marco de la reforma laboral propuesta por el DNU 70/2023, se menciona al régimen UOCRA como sinónimo de aquellos, y se da por hecho que los mismos son sólo útiles en sectores de alta rotación laboral

La realidad es exactamente la opuesta. En un sector de alta rotación, un fondo de cese laboral no agrega demasiado valor, ya que sólo sustituye pagos frecuentes de indemnizaciones por aportes mensuales sustitutivos de estas últimas. Es justamente en sectores de baja rotación donde se produce un serio problema, que podría ser resuelto con un fondo de cese laboral adecuadamente diseñado: la acumulación de pasivos contingentes laborales, que puede diluir el valor de la empresa.

Utilizando la metodología de ‘gemelos digitales’, esto es, representaciones digitales de procesos productivos y empresas a través de modelos matemáticos y algoritmos, es posible observar cómo baja rotación y alta relación trabajo / capital pueden llevar a pasivos contingentes mayores que el valor de los activos de las empresas, situación que se profundiza cuando existen indemnizaciones agravadas como las establecidas por las leyes 24.013 y 25.323, derogadas por el DNU 70/2023.

Esto tiene varias implicancias. Una de ellas es que la vigencia del mencionado DNU a partir del 29/12/2023 incrementó automáticamente el valor de las empresas argentinas, tanto más cuanto mayor la antigüedad promedio de su personal y cuanto mayor su relación trabajo / capital. En uno de los ejemplos del documento de trabajo adjunto, el gemelo digital de una empresa de autotransporte de cargas con 15 años de antigüedad promedio puede aumentar un 60% su valor sólo por reducción de pasivos contingentes.

La contrapartida de esto es que la suspensión de la aplicabilidad del Título IV del DNU 70/2023 por parte de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en resolución sobre acciones interpuestas por la CGT, al dejar entonces vigentes las leyes 24.013 y 25.323, reduce el valor de las empresas, por incremento de pasivos contingentes.

Este agravio generado por la mencionada resolución podría habilitar a las empresas de todo el país, representadas por sus respectivas entidades gremiales empresarias, a pedir ser admitidas en el proceso del amparo como interesados, a los fines de poder ofrecer argumentos, producir pruebas y eventualmente poder discutir las decisiones que se tomen, potenciando el apoyo público más ‘testimonial’ producido en los últimos días (ver documentos de trabajo adjuntos).

Dr. Gastón Utrera, Presidente de Economic Trends S.A. y Director del Instituto de Economía Política, Insight 21, Universidad Siglo 21.

Documento de Trabajo: El problema de los pasivos contingentes laborales:

Documento de Trabajo: La vigencia de las disposiciones de derecho laboral del DNU 70/23 a la luz del amparo interpuesto por la CGT:

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